Subvenciones de la Junta de Andalucía para la Transformación Digital para autónomos y entidades de economía social de Andalucía

Subvenciones de la Junta de Andalucía para la modernización digital

Subvenciones de concurrencia no competitiva destinadas a la modernización digital y la mejora de la competitividad de las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas, personas trabajadoras por cuenta propia agrarias, personas mutualistas y diversas entidades de economía social.

Accede a toda la información sobre las subvenciones de concurrencia no competitiva destinadas a la modernización digital y la mejora de la competitividad.

Hasta el 25 de mayo está abierto el plazo de solicitudes para las subvenciones de la Junta de Andalucía para la Modernización Digital y Mejora de la Competitividad dirigidas a:

Beneficiarios de las subvenciones a la modernización digital

  •  personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas, con domicilio fiscal en Andalucía.
  • personas trabajadoras por cuenta propia agrarias, con domicilio fiscal en Andalucía.
  •  personas mutualistas, con domicilio fiscal en Andalucía.
  • sociedades cooperativas andaluzas.
  • sociedades laborales andaluzas.

Cuantía de las subvenciones a la modernización digital

El porcentaje de la subvención podrá alcanzar hasta el 100% de los gastos subvencionables, con el límite máximo de 6.000 € por proyecto

Proyectos de inversión a la modernización digital subvencionables

Serán subvencionables aquellos proyectos de inversión realizados por la persona o entidad solicitante en el marco de alguna de las siguientes modalidades:

Modalidad A: Implantación y desarrollo de soluciones de transformación digital en la gestión empresarial.

Se consideran gastos subvencionables en la modalidad A de proyectos de inversión los siguientes:

a) Adquisición de equipos informáticos o de infraestructura de tecnologías de información y comunicación (en adelante, TIC), cuando resulten necesarios para la
instalación de software de gestión empresarial.

b) Adquisición de software de gestión empresarial Enterprise Resource Planning (conocido por sus siglas en inglés, ERP), Customer Relationship Management (conocido por sus siglas en inglés, CRM) o similar que reduzca la brecha digital de las personas o entidades solicitantes.

c) Adquisición de aplicaciones para el desarrollo e implementación de soluciones de digitalización.

d) Costes de consultoría en los que se incurra a propósito de la implantación de las soluciones de digitalización.

e) Costes de contratación de servicios “en la nube” para dar soporte al software de gestión empresarial durante el plazo de un año.

f) Adquisición de cualquier otra solución digital o nueva tecnología de la robotización que introduzca mejoras en el sistema de gestión y/o comercialización empresarial, así
como en los procesos productivos.

En esta modalidad, cuando el gasto subvencionable consista en la solución de digitalización conjunta de equipo informático y software de gestión empresarial, se considerará gasto subvencionable la instalación y puesta en funcionamiento de dicha solución conjunta, así como las altas y licencias del primer año, incluidas las de programas antivirus, y la capacitación necesaria para su óptimo uso, incluyendo la licencia del sistema operativo elegido.

Modalidad B: Incorporación de estrategias de marketing digital en la actividad de la empresa.

Se consideran gastos subvencionables en la modalidad B de proyectos de inversión los siguientes:

a) Gastos profesionales de creación, diseño e implementación de planes y campañas de marketing digital, posicionamiento on line, email, marketing, social media, remarketing, comunicación en redes sociales y publicidad en Internet.

b) Costes de consultoría para el análisis de procesos y definición de estrategias digitales, así como la consultoría de implantación.

c) Costes de consultoría para la supervisión del cumplimiento de los aspectos legales de la página web tales como la normativa vigente sobre protección de datos, política de
cookies, normativa aplicable al comercio electrónico, en particular la relativa a la defensa de las personas consumidoras y usuarias y la normativa europea relativa a la aplicación de la Autenticación Reforzada de Cliente (SCA, por sus siglas en inglés) en los pagos electrónicos.

d) Costes de consultoría relativos a la formación del personal y la migración o carga de los datos significativos para que la página web sea operativa.

e) Gastos profesionales de diseño, creación o implantación de páginas web con o sin portal de ventas, y los gastos de proveedores web de plataformas Content Management System (conocido por sus siglas en inglés, CMS).

f) Costes de contratación de los servicios de proveedores web de plataformas CMS de código abierto y de proveedores de servicios gestionados Managed Servies Provides
(conocido por sus siglas en inglés, MSP durante el plazo de un año.

Gastos no subvencionables a la modernización digital

No se consideran gastos subvencionables en ninguna de las modalidades:

a) Los intereses deudores de las cuentas bancarias, los intereses, recargos y sanciones administrativas y penales, ni los gastos de procedimientos judiciales.

b) Los gastos corrientes de las personas o entidades beneficiarias, ni ningún otro gasto indirecto ocasionado por la ejecución de las actuaciones subvencionadas.

c) La adquisición de televisores, reproductores de sonido e imagen, teléfonos móviles, tablets, servicio de comunicación personal o personal communications service
(conocido por sus siglas en inglés, pcs), o cualquier otro equipamiento informático, que no estén vinculados directamente y de manera indubitada a la correcta instalación y/o funcionamiento del software de gestión empresarial.
d) Los programas antivirus, así como actualizaciones de software, renovación de licencias o gastos de mantenimiento, a excepción del supuesto contemplado en el
apartado 1 del artículo 7, in fine.
e) El impuesto sobre el valor añadido que sea recuperable conforme a la normativa nacional.

Plazo de presentación de las solicitudes de ayuda

El plazo de presentación de las solicitudes finalizará el 25/05/2022 cuyo trámite se realizará online. 

Cuantía de la subvención concedida

El porcentaje de la subvención podrá alcanzar hasta el 100% de los gastos subvencionables, con el límite máximo de 6.000 € por proyecto.

En todo caso, para que el proyecto de inversión sea subvencionable, éste deberá tener un coste mínimo de 1000 €.

¡Cuéntanos tu proyecto y te ayudamos a tramitar la subvención!

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